jueves, 7 de marzo de 2019

ANOET PIERDE LA SENTENCIA ACERCA DE LA LEGALIDAD DE LOS PLIEGOS DE LA ADJUDICACIÓN DE LA MISERICORDIA EN 2018 Y ES CONDENADA EN COSTAS


Con fecha 6 de marzo de 2019 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Zaragoza ha emitido sentencia favorable a la Diputación Provincial de Zaragoza y a la UTE Tauroejea-Circuitos Taurinos en el sentido de que los pliegos mediante los que se adjudico la plaza de toros de Zaragoza para las temporadas 2018 a 2021 se ajustan a derecho.
Recordemos que el asunto dio comienzo el 26 de febrero de 2018 cuando se presentó un recurso contencioso-administrativo por parte de la Asociación de Empresarios ANOET que preside Simón Casas, la cual sostenía que los pliegos publicados por la DPZ no eran legales. Como consecuencia del recurso, el 6 de marzo de 2018 el Juzgado estimó la medida cautelarísima solicitada por ANOET y suspendió la apertura de los sobres de la licitación, medida que levantó el mismo Juzgado el 15 de marzo de 2018, pero que había retrasado el procedimiento de adjudicación de la plaza 17 días, y en las fechas en las que se estaba entonces fue uno de los motivos por los que no pudiera celebrarse la feria de san Jorge de 2018.
Casi un año después, la Asociación de Empresarios, mediante escrito de 17 de diciembre de 2018 quiso apartarse del proceso por satisfacción extraprocesal, es decir, les servía que el TACPA hubiera fallado a favor de una de las empresas litigantes, Kranebitten, aunque el acuerdo estuviera recurrido en el TSJA a instancias de la Diputación de Zaragoza, a cuya retirada se opuso la UTE y la Institución Provincial.
En la sentencia del 6 de marzo, el Juzgado no considera ninguna de las alegaciones de ANOET, que eran falta de motivación, falta de determinación de los medios de acreditar la solvencia técnica, permitir a los licitadores presentar más de una oferta y falta de publicidad de los criterios de solvencia y se condena a ANOET a costas sin límite incluidas las de la UTE Tauroejea-Circuitos Taurinos "en la medida en que se aprecia una posición de la entidad recurrente, o sea ANOET, de intento de eludir la adjudicación de la explotación de la plaza de toros a un nuevo adjudicatario o de conseguir que se mantenga por un precio más reducido e incluso por el intento de que no se dictara sentencia una vez tramitado ya todo el proceso".
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de quince días.