miércoles, 27 de abril de 2011

Se desestima el recurso interpuesto contra el ayuntamiento de Huesca por la concesión de la Plaza de Toros



Según sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Huesca, de fecha 13 de abril de 2011, la Unión Temporal de Empresas Tauromagia, compuesta por Justo Ojeda SL y Promociones Cuatrolunas SL, no tiene la solvencia técnica profesional exigida por el Ayuntamiento al no poder considerarse como corrida de toros la celebrada el 5 de agosto de 2006 en el Puerto de Santa María, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Espectáculos de Aragón y, por tanto, la mencionada UTE no cumple con lo exigido en el pliego municipal que hacía referencia a la organización de 40 corridas de toros en los cinco últimos años en plazas de 1ª y/o 2ª categoría.
Recordemos que la UTE Tauromagia dijo haber organizado las corridas de toros exigidas en el pliego y que la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Huesca acordó no considerar el festejo mixto celebrado en El Puerto como tal, dejando la aportación de la Unión de Empresas en 39 festejos, quedando por tanto excluída de la licitación.
Tauromagia litigó contra el acuerdo municipal en el Juzgado y éste le ha dado la razón al Ayuntamiento desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la UTE, a la que cabe recurso de apelación.
La sentencia supone un espaldarazo al trabajo realizado por los técnicos municipales que conformaron en su día la Mesa de Contratación así como al llevado a cabo desde un Gobierno Local como es el Ayuntamiento de Huesca en beneficio de sus ciudadanos, arrojando luz a un proceso de contratación que en su día no siempre fue entendido en determinados ambientes taurinos.

2 comentarios:

  1. Pues Ojeda no es santo de mi devoción pero aquí lo único que se dilucida y demuestra es el sindios que envuelve a los pliegos de condiciones, si resulta que la empresa que ha gestionado la plaza durante casi treinta años no reune las condiciones que exige el pliego, lo que está claro es que el pliego está mal redactado.

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  2. Hombre Rafa, se pedían 40 corridas en los últimos cinco años en plazas de 1ª o 2ª categoría. No son tantas, 8 al año, que consideró el Ayuntamiento como mínimas para asegurarse la gestión, y eso es una decisión municial, de los representantes legales y que habrá que acatar. De todas las formas el tema era si un festejo con un rejoneador, un matador y un novillero es una corrida de toros o no. La Mesa de Contratación dijo que no y excluyó a Tauromagia y ahora el Juzgado le ha dado la razón.
    Saludos

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